Con la finalidad de fomentar la inmunización masiva y oportuna en nuestro país, el Pleno del Congreso aprobó la Ley N° 31225, que propone la adquisición y provisión de la vacuna contra el COVID-19 al sector privado y a los gobiernos tanto regionales como locales.
La estrategia sanitaria de vacunación tiene como objetivo que las empresas del sector privado adquieran las vacunas a favor de la salud de su personal.
¿Quién me autoriza la importación o adquisición de la vacuna?
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, es el encargado de autorizar al sector privado la importación o adquisición de la vacuna.
¿Cuál es el procedimiento para la autorización?
Primero, la empresa debe presentar un expediente de adquisición o importación de la vacuna ante el MINSA.
Luego de la presentación del expediente y en un plazo no mayor de siete días, el MINSA aprobará o denegará la solicitud.
Recuerda que la autorización de la vacuna por parte del sector privado, está puesta a disposición del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos (CENARES).
Además, toda empresa que adquiera la vacuna mediante la autorización previa de su expediente, priorizará la inmunización de su personal dentro del marco del Plan Nacional de Vacunación Universal contra el COVID-19.
¿Mi empresa obtendrá beneficios?
Tu empresa obtendrá beneficios tributarios debido a que el costo de la vacuna será considerada en calidad de “gasto”. Este será deducible del Impuesto a la Renta durante la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria.
El encargado de establecer estos mecanismos es el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Dicho ente, también evaluará las exoneraciones de los aranceles de la importación o provisión de la vacuna.
¿Qué hacer después de la adquisición o importación de la vacuna?
Las IPRESS del sector privado (instituciones prestadoras de servicios de salud), estarán facultadas para vacunar a los trabajadores. Estas instituciones serán quienes informen los datos completos de los vacunados al MINSA y los registren en el Padrón Nacional de Vacunación Universal contra el COVID-19.
Cabe señalar que las normas reglamentarias para la correcta aplicación de la ley se dictarán en un plazo no mayor a diez días calendario. Es decir, hasta el 2 de julio de 2021.
¿Para qué necesito las normas ISO?
Las normas ISO son de vital importancia para las empresas que quieran diferenciarse de su competencia. Obtener, por ejemplo, la ISO 37001 de Sistema de Gestión Antisoborno sería fundamental para la detección y mitigación de actos de soborno en la adquisición de vacunas, puesto que, la corrupción en nuestro país sigue siendo una lucha constante para cualquier sector económico.
Las certificaciones son las que le darán la confianza necesaria a tus socios comerciales. Así también, te abrirán las puertas a mayores oportunidades de crecimiento.
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Fuente: El Peruano
Autor: Brenda Auccasi
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Fecha: Junio 26, 2021